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Home»NACIONALES»DGCP aclara uso de certificación del fabricante en compras públicas y establece criterios para evitar barreras innecesarias
NACIONALES

DGCP aclara uso de certificación del fabricante en compras públicas y establece criterios para evitar barreras innecesarias

SUPERNOTICIAS33By SUPERNOTICIAS33July 15, 2025No Comments2 Mins Read
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Santo Domingo.– La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió este lunes la Circular núm. DGCP44-PNP-2025-0008, en la cual establece lineamientos claros sobre el uso de la certificación de autorización del fabricante en los procesos de contratación del Estado, con el fin de garantizar la legalidad, transparencia y equidad en las adquisiciones públicas.

La aclaración surge ante la práctica recurrente de solicitar dicha certificación como requisito habilitante, incluso en procedimientos que involucran bienes de libre comercialización, que no requieren validación técnica especializada ni están sujetos a restricciones legales o de distribución exclusiva.

Uso restringido y condiciones específicas

La circular establece que la certificación de autorización del fabricante solo debe ser exigida en casos como:

  • Adquisición de ítems técnicos o especializados, cuya complejidad impide validar los estándares de calidad sin intervención del fabricante.

  • Existencia de restricciones legales o acuerdos de distribución exclusiva que limiten la oferta.

Por tanto, no debe ser requerida en procesos de compra de:

  • Bienes perecederos o no perecederos de alimentos.

  • Productos de uso común o genérico sin alto grado de especialidad técnica.

Garantía de competencia y subsanabilidad

La DGCP recuerda que el Decreto núm. 416-23, que reglamenta la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas, exige que los pliegos de condiciones utilicen descripciones objetivas, funcionales y genéricas del bien o servicio requerido, para evitar restricciones indebidas a la participación.

Además, en caso de que se justifique la solicitud de la certificación del fabricante, esta debe considerarse un documento subsanable, conforme al artículo 120 del reglamento, lo que permite que el oferente pueda presentarlo posteriormente, sin ser excluido del proceso, siempre que su contenido esté vinculado a su capacidad al momento de la oferta.

Llamado a las unidades de compras

La DGCP exhortó a los comités de compras, unidades operativas de contrataciones y responsables de elaborar pliegos a acoger estas disposiciones como parte del cumplimiento normativo y la promoción de un entorno competitivo y transparente.

“Reafirmamos nuestro compromiso con la participación amplia de oferentes, especialmente de las mipymes, y la correcta aplicación de los principios que rigen la contratación pública en la República Dominicana”, destacó la institución en su comunicado oficial.

Con esta medida, la DGCP busca evitar barreras administrativas injustificadas, garantizar el acceso equitativo a los procesos de compras públicas y fortalecer la eficiencia del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.

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